Artículo 1437 Código Civil del Estado de Michoacán
Capítulo II
La venta de cosa o derechos litigiosos no está prohibida; pero el vendedor que no declare la circunstancia de hallarse la cosa en litigio, es responsable de los daños y perjuicios si el comprador sufre la evicción, quedando además, sujeto a las penas respectivas.
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Texto tomado de Congreso del Estado de Michoacán (sitio activo congresomich.site). Documento oficial