Libro Primero — De los Bienes, de la Posesión y de los Derechos Reales
Título Cuarto — De la Propiedad
Capítulo Segundo — De los Medios de adquirir la Propiedad
Sección Primera Generalidades
Código Civil del Estado de Quintana Roo
Índice de la leyArtículo 1878
Se reconocen, enunciativamente, como medios de adquirir la propiedad:
I.- La ocupación;
II.- La adquisición de frutos y productos;
III.- La accesión;
IV.- La donación por acto unilateral de voluntad;
V.- La herencia;
VI.- La usucapión; y
VII.- Los contratos traslativos de dominio.
Artículo 1879
Ocupación es la toma de posesión permanente de los bienes sin dueño o cuya legítima procedencia se ignore, con el ánimo de apropiarse de ellos.
Artículo 1880
Hay ocupación en la caza y pesca, en el descubrimiento de tesoros y en la captación de aguas.
De la Apropiación de los Animales por la Caza o por la Pesca.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial