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Leyes Descargar AYA

Artículo 669 Código Civil del Estado de San Luis Potosí

Capítulo VII

La o el Ministerio Publico velará por los intereses de la persona ausente, será oído en todos los juicios que tengan relación con esta, y en las declaraciones de ausencia y presunción de muerte.

(DEROGADO CON LOS CAPITULOS Y ARTICULOS QUE LO INTEGRAN P.O. 18 DE DICIEMBRE 2008) TITULO DUODECIMO

Del Patrimonio de la Familia

(DEROGADO CON LOS ARTICULOS QUE LO INTEGRAN P.O. 18 DE DICIEMBRE 2008)

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de STJ San Luis Potosí (Poder Judicial del Estado). Documento oficial