Artículo 2930 Código Civil del Estado de Sinaloa
Capítulo VII
Para el caso de las inscripciones por medios electrónicos, se autoriza el uso de formas precodificadas, con los requisitos precisados en el Reglamento, para la integración del folio electrónico y su almacenamiento en la base de datos. (Adic. por Decreto No. 162 de fecha 29 de julio de 2008, publicado en el P. O. No.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Sinaloa (IIP - Gaceta). Documento oficial