Artículo 1873 Código Civil del Estado de Tabasco
Capítulo I
Fuentes de las obligaciones Son fuentes de las obligaciones los hechos y actos que por disposición de la ley crean, transfieren, modifican o extinguen facultades o deberes jurídicos, cuyo contenido sea una prestación de dar, hacer o no hacer, en favor de persona determinada.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tabasco. Documento oficial