Artículo 1205 Código Civil del Estado de Tamaulipas
Sección II
Cuando el animal muere dentro de los tres días siguientes a su adquisición, es responsable el enajenante si se prueba que la muerte fue causada por una enfermedad que existía antes de la enajenación
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 10 de diciembre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial