Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 83 Código Civil del Estado de Tlaxcala

Capítulo V

La acción que dimana del parentesco por consanguinidad no dispensable, y la que nace del parentesco por afinidad en línea recta, pueden ejercitarse en todo tiempo por cualquiera de los cónyuges, por sus ascendientes o por el ministerio público.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 5 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial