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Leyes Descargar AYA

Artículo 1390 Bis 36 Código de Comercio

Capítulo II

Durante la audiencia, las partes podrán solicitar conjuntamente al juez la fijación de acuerdos sobre hechos no controvertidos, los que tendrán como fin establecer qué acontecimientos de la litis están fuera del debate, a efecto de que las pruebas sólo se dirijan a hechos en litigio. Artículo adicionado DOF 27-01-2011. Reformado DOF 25-01-2017

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 30 de enero de 2026.

Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 18 de febrero de 2026. Documento oficial