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Libro II — Instituciones para el fortalecimiento de la perspectiva de familia

Capítulo I Del instituto estatal de la familia

Ley de la Familia para el Estado de Baja California

Artículos 32 al 35 · 4 artículos

Artículo 32

Se crea el Instituto Estatal de la Familia, como Organismo Ciudadano, que tendrá a su cargo diseñar, promover, difundir y evaluar las políticas públicas y las acciones con perspectiva de familia que contribuyan a consolidar la unidad y la estabilidad de la familia, y establecer medidas que fomenten la corresponsabilidad familiar. Artículo Reformado

Artículo 33

Las dependencias de la Administración Pública Estatal colaboraran con el Instituto en el ámbito de sus respectivas competencias.

Artículo 34

El Instituto Estatal de la Familia tendrá los siguientes objetivos específicos:

H. Congreso del Estado de Baja California. Dirección de Procesos Parlamentarios. Actualización Legislativa.

Ley de la Familia para el Estado de Baja California. Página 8 I.- Apoyar en el diseño, implementación y evaluación de políticas públicas con perspectiva de familia a través de programas y actividades que ejerzan las dependencias del Estado y Municipios con un enfoque transversal, tanto a nivel público como en la sociedad en general;

II.- En el ámbito de su competencia, emitir recomendaciones a las dependencias del Estado y Municipios tendientes a promover y proteger los derechos, y obligaciones fundamentales de la familia y de cada uno de sus integrantes;

III.- Promover la orientación de los programas actuales del Estado hacia una perspectiva de familia; Fracción Reformada IV.- Promover la orientación de los programas actuales del estado en materia de igualdad y corresponsabilidad familiar entre quienes integran la familia; y, Fracción Adicionada, recorriéndose la subsecuente V.- Emitir recomendaciones dirigidas a las autoridades Estatales y Municipales, Organismos Constitucionalmente Autónomos, así como a todo tipo de organizaciones de la sociedad civil y sectores económicos, sociales y productivos, en relación con el proceso de implementación de las políticas públicas en materia de familia. Artículo Reformado

Artículo 35

Para el eficiente y eficaz cumplimiento de sus objetivos, el Instituto tendrá en el ámbito de su competencia las siguientes atribuciones y responsabilidades:

I.- Formular, vigilar y evaluar un Programa Estatal de Política Familiar integrado al Plan Estatal de Desarrollo;

II.- Promover, proteger y difundir los derechos, obligaciones, principios y valores de la familia, reconociendo la importancia de la corresponsabilidad entre los miembros de esta y, en particular, la fortaleza de cada uno de sus integrantes; Fracción Reformada III.- Diseñar la metodología necesaria para analizar la eficacia de las políticas, acciones y decisiones de la Administración Pública Estatal a favor de la familia, con especial atención en lo que corresponde a la aplicación y optimización de los recursos, así como recomendar e informar las adecuaciones necesarias para el mejor funcionamiento de las mismas;

IV.- Presentar a la consideración del Congreso del Estado la formulación, diseño y análisis de proyectos de carácter legislativo relacionados con la familia y sus integrantes, a fin de asegurar el marco jurídico que garantice el desarrollo y fortalecimiento de la familia;

V.- Elaborar programas de capacitación para el funcionariado y personas servidoras públicas que tengan a su cargo la elaboración de políticas, acciones y planes en materia de política familiar o que de alguna forma incidan en la familia; Fracción Reformada

H. Congreso del Estado de Baja California. Dirección de Procesos Parlamentarios. Actualización Legislativa.

Ley de la Familia para el Estado de Baja California. Página 9 VI.- Actuar como órgano de consulta del Congreso del Estado, del Gobernador del Estado, de dependencias de la Administración Pública Estatal, Municipal y de Organizaciones de la Sociedad Civil cuyos objetivos se relacionen con la política pública para la familia;

VII.- Proponer a las dependencias de la Administración Pública Estatal y Municipales programas de comunicación social para difundir ampliamente los valores, principios, derechos y obligaciones de la familia y de sus integrantes, en aras de promover una auténtica cultura de la familia;

VIII.- Fomentar la realización de eventos académicos y programas educativos como instrumentos que faciliten la discusión, reflexión, análisis y propuestas sobre temas vinculados con el diseño de políticas públicas a favor de la familia;

IX.- Diseñar, proponer y promover a la sociedad, a los Municipios y a las dependencias de Administración Pública Estatal, programas que, desde una perspectiva de familia, contribuyan a:

a) La Educación y la formación integral de los hijos e hijas, libre de estereotipos de género y cualquier tipo de discriminación, que promueva y fomente los valores y principios fundamentales de la familia; Inciso Reformado b) La formación de las madres y los padres de familia para la educación de sus hijos e hijas; Inciso Reformado c) Propiciar las condiciones de salud de la familia que impulsen el sano desarrollo físico, afectivo, mental y social;

d) La formación integral de las y los jóvenes, proyectando estrategias que permitan mayores oportunidades de estudio y de empleo, capacitación y asesoría para el trabajo, cuidado de la salud y lucha en contra del vandalismo, las adicciones y el alcoholismo, desde una perspectiva de juventudes; Inciso Reformado e) Impulsar programas para promover el desarrollo y protección integral de la mujer, particularmente en su condición de Mujer Jefa de Familia;

f) Incentivar acciones y programas para promover la conciliación entre la vida familiar y laboral;

g) Propiciar la igualdad de derechos, oportunidades y responsabilidades para mujeres y hombres dentro y fuera de la familia; Inciso Reformado h) Integrar a las personas adultas mayores y a las personas con discapacidad a su familia y a la sociedad; Inciso Reformado

H. Congreso del Estado de Baja California. Dirección de Procesos Parlamentarios. Actualización Legislativa.

i) Prevenir y erradicar conductas delictivas y adictivas en el ámbito familiar;

j) Promover los medios alternos de resolución de conflictos familiares, para propiciar la familia como base de la sociedad, con excepción de los relacionados con violencia familiar; Inciso Reformado k) Dar a conocer la responsabilidad y alcances del matrimonio, el concubinato y las uniones de hecho; Inciso Reformado l) Motivar a las y los empresarios a ser, con actividades concretas, instrumentos positivos para el fortalecimiento de la familia y su bienestar común; Inciso Reformado m) Difundir difusión de prácticas exitosas que beneficien a la diversidad de las familias. Inciso Reformado Fracción Reformada X.- Apoyar y asesorar a las dependencias de la Administración Pública Estatal y Municipal respecto a los trabajos, acciones y programas que podrán implementarse en forma conjunta por el Estado y los Municipios a favor de la mejora de las condiciones de vida de la familia;

XI.- Celebrar y suscribir convenios o acuerdos de apoyo y colaboración con organismos públicos, sociales y privados, Estatales, Nacionales e Internacionales para unir y compartir esfuerzos en el desarrollo de programas y proyectos acordes a los objetivos específicos del Instituto;

XII.- Realizar y promover el análisis y la investigación de la situación de la familia para el diseño de políticas públicas en favor de los diversos tipos de familias; Fracción Reformada XIII.- Crear y mantener un sistema de información que permita obtener, procesar, intercambiar y difundir información actualizada en relación con la situación de la familia en el Estado, generando un banco de datos de consulta impresa y electrónica;

XIV.- Producir y promover obras y materiales impresos o electrónicos que contengan estudios e investigaciones sobre aspectos de interés para la familia, sobre su problemática y sobre las estrategias para solucionar, desde el seno familiar, la multiplicidad de problemáticas que enfrentan y que ponen en riesgo su integración y cohesión como núcleo de la sociedad;

XV.- Facilitar el acceso documental y por medios electrónicos de acervos bibliográficos en materia familiar que coadyuven al fortalecimiento de la familia;

XVI.- Promover y gestionar la aportación de recursos económicos y en especie, provenientes de Dependencias e instituciones públicas, de organizaciones privadas y

H. Congreso del Estado de Baja California. Dirección de Procesos Parlamentarios. Actualización Legislativa.

sociales, de empresas y particulares interesados en apoyar la integración familiar y colaborar con los fines, objetivos y atribuciones del Instituto;

XVII.- La realización de todos aquellos proyectos, programas y acciones que estén encaminados al cumplimiento de sus objetivos;

XVIII.- Formular y aprobar el reglamento de esta Ley. Artículo Reformado

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Baja California. Documento oficial