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Artículo 211 Ley para la Familia del Estado de Hidalgo

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El texto anterior sale de la copia del PDF oficial que guardó el Internet Archive el 16 de junio de 2025, leída con el mismo método que el texto vigente.

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Si ella tutor,propia persona a adoptar, su tutor o tutora, el Ministerio Público o el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en el Estado, a través delde la persona titular de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia del Estado de Hidalgo no consienten en la adopción, deberán expresar la causa en que se funden. El juezLa persona juzgadora valorará la causa de la negativa y atendiendo al interés superior de la niñez, podrá autorizar la adopción, cuando notare que la misma es conveniente para los intereses del niño, niña o adolescente a adoptar. Artículo reformado P.O. Alcance dos, del 1 de éste.julio de 2025

Antes

Si el tutor, el Ministerio Público o el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en el Estado, a través del titular de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia del Estado de Hidalgo no consienten en la adopción, deberán expresar la causa en que se funden. El juez valorará la causa de la negativa y atendiendo al interés superior de la niñez, podrá autorizar la adopción, cuando notare que la misma es conveniente para los intereses de éste.

Ahora

Si la propia persona a adoptar, su tutor o tutora, el Ministerio Público o el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en el Estado, a través de la persona titular de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia del Estado de Hidalgo no consienten en la adopción, deberán expresar la causa en que se funden. La persona juzgadora valorará la causa de la negativa y atendiendo al interés superior de la niñez, podrá autorizar la adopción, cuando notare que la misma es conveniente para los intereses del niño, niña o adolescente a adoptar. Artículo reformado P.O. Alcance dos, del 1 de julio de 2025

AYA registra el texto de la fuente oficial en cada cotejo y compara palabra por palabra. Las diferencias de espacios o de cómo se partió una palabra en el PDF no cuentan como cambio. Para efectos legales, consulta el decreto de reforma en el Diario Oficial o el periódico oficial del estado.

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