Título Décimo Primero — De la emancipación y de la mayoría de edad
Capítulo II De la mayoría de edad
Ley para la Familia del Estado de Hidalgo
Índice de la leyArtículo 365
La mayoría de edad se adquiere a los dieciocho años cumplidos. El mayor de edad dispone libremente de su persona y de sus bienes.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial