Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 1102 Código Familiar del Estado de Michoacán

Capítulo I

Los escritos a través de los que se promuevan los incidentes y su contestación, deberán contener en lo conducente, los mismos requisitos previstos en este Código para la demanda y contestación.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Michoacán (sitio activo congresomich.site). Documento oficial