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Leyes Descargar AYA

Artículo 834 Código Familiar del Estado de Michoacán

Capítulo III

La interposición de la recusación con causa, suspende la jurisdicción o funciones del recusado entre tanto aquella se decide y concluye una vez que se declare probada

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Michoacán (sitio activo congresomich.site). Documento oficial