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Leyes Descargar AYA

Artículo 82-F Código Fiscal de la Federación

Este es el texto que AYA registró en la copia archivada del PDF oficial del 26 de enero de 2025, con la reforma del 12 de noviembre de 2021. Ya no es el vigente: cambió después, el 29 de julio de 2025. Ver qué cambió · Ver el texto vigente

  1. Primer registro
  2. Cambió
  3. Sin cambios

A quien cometa las infracciones a que se refiere el artículo 82 -E de este Código, se le impondrán las siguientes multas:

I. De $112,450.00 a $168,680.00 a las establecidas en la fracción I, por cada cuenta.

II. De $134,940.00 a $191,170.00 a la establecida en la fracción II, por cada cuenta.

III. De $11,250.00 a $56,230.00 a la establecida en la fracción III, por cada dato que se presente incompleto, con errores o en forma distinta a lo señalado por las disposiciones aplicables.

IV. De $67,470.00 a $123,700.00 a la establecida en la fracción IV, por cada cuenta.

V. De $112,450.00 a $168,680.00 a la establecida en la fracción V, por cada cuenta no registrada.

VI. De $899,600.00 a $1,124,500.00 a la establecida en la fracción VI, por cada contrato celebrado o cuenta financiera mantenida. Artículo adicionado DOF 12-11-2021