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Leyes Descargar AYA

Artículo 352 Código Penal del Estado de Chihuahua

Este es el texto que AYA registró en la copia archivada del PDF oficial del 10 de enero de 2020. Ya no es el vigente: cambió después, el 15 de enero de 2026. Ver qué cambió · Ver el texto vigente

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Cambió
  4. Sin cambios

Se impondrá pena de seis meses a seis años de prisión y multa por el equivalente de doscientos a diez mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, al que, con violación a lo dispuesto en las disposiciones legales, reglamentarias y Normas Oficiales Mexicanas en materia ambiental aplicables, despida o descargue en la atmósfera, ordene o autorice despedir o descargar gases, humos, polvos, vapores u olores que ocasionen o puedan ocasionar daños a la salud pública, la flora, la fauna o los ecosistemas. Lo anterior, sin perjuicio de las multas y sanciones que ocurran en las citadas disposiciones y normas. [Artículo reformado mediante Decreto No. LXV/RFCOD/0706/2018 IX P.E. publicado en el P.O.E. No. 15 del 21 de febrero de 2018]