Libro Segundo — Parte especial
Título Segundo — Procreación asistida, inseminación artificial y manipulación genética
Capítulo II Manipulación genética
Código Penal del Estado de Chihuahua
Índice de la leyArtículo 152
Se impondrán de dos a seis años de prisión, inhabilitación, así como suspensión por igual término para desempeñar cargo, empleo o comisión públicos, profesión u oficio, a los que:
I. Con finalidad distinta a la eliminación o disminución de enfermedades graves o taras, manipulen genes humanos de manera que se altere el genotipo;
II. Fecunden óvulos humanos con cualquier fin distinto al de la procreación humana; y
III. Realicen procedimientos de ingeniería genética con fines ilícitos.
Artículo 153
Si resultan hijos a consecuencia de la comisión de alguno de los delitos previstos en el presente Título, la reparación del daño comprenderá además, el pago de alimentos para éstos y para la madre, en los términos que fija la legislación civil.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Chihuahua. Documento oficial