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Leyes Descargar AYA

Libro Primero — Parte general

Título Primero — De la aplicación de la ley penal

Capítulo II Ámbito temporal

Código Penal del Estado de Guanajuato

Artículos 3o. al 5o. · 3 artículos

Artículo 3o.

Los delitos se tendrán por cometidos en el tiempo en que se realice la conducta o se produzca el resultado, previstos en la descripción legal y se juzgarán de conformidad con las leyes vigentes en el momento de su comisión.

(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 3 DE JUNIO DE 2011)

Artículo 4o.

Cuando después de cometido un delito, se modifique la punibilidad de manera favorable a la persona inculpada, el Juez o el Tribunal la aplicarán de oficio.

La pena impuesta se reducirá en la misma proporción en que estén el término medio aritmético de la punibilidad señalada en la ley anterior y el de la señalada en la posterior.

Artículo 5o.

Cuando una nueva ley deje de considerar un determinado hecho como delictuoso, se ordenará la libertad inmediata e incondicional de las personas procesadas o sentenciadas, cesando a partir de ese momento todos los efectos que los procesos o las sentencias produzcan o debieran producir.

(ADICIONADO, P.O. 3 DE JUNIO DE 2011) En caso de haberse cubierto la reparación del daño no habrá lugar a la devolución de la misma.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guanajuato (S3 oficial). Documento oficial