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Artículo 265 Bis Código Penal del Estado de Hidalgo

Capítulo II

Se impondrán de tres a nueve años de prisión y de ciento cincuenta a cuatrocientas cincuenta veces la Unidad de Medida y Actualización vigente de multa al que, sin consentimiento de quien esté facultado para ello:

I.- Produzca, imprima, enajene, distribuya, altere o falsifique, aun gratuitamente, tarjetas, títulos o documentos utilizados para el pago de bienes y servicios o para disposición de efectivo;

II.- Adquiera, utilice, posea o detente, indebidamente, tarjetas, títulos o documentos para el pago de bienes y servicios, a sabiendas de que son alterados o falsificados;

III.- Adquiera, utilice, posea o detente, indebidamente, tarjetas, títulos, o documentos auténticos para el pago de bienes y servicios o para disposición de efectivo;

IV.- Altere, copie o reproduzca, indebidamente, los medios de identificación electrónica de tarjetas, títulos o documentos para el pago de bienes y servicios o para disposición de efectivo;

V.- Acceda indebidamente a los equipos electromagnéticos o sistemas de cómputo de las instituciones emisoras de tarjetas, títulos o documentos para el pago de bienes y servicios o para disposición de efectivo; o

VI.- Adquiera, utilice, posea o detente equipos electromagnéticos o electrónicos para sustraer en forma indebida la información contenida en la cinta magnética de tarjetas, títulos o documentos para el pago de bienes y servicios o para disposición de efectivo.

Las mismas penas se impondrán a quien utilice o revele indebidamente información confidencial o reservada de la institución o persona que legalmente esté facultada para emitir tarjetas, títulos o documentos utilizados para el pago de bienes y servicios. Asimismo, se impondrán similares penas a quien posea o detente en forma indebida a través de cualquier medio o equipos electromagnéticos o electrónicos información confidencial o reservada de la institución que legalmente esté facultada para emitir tarjetas, títulos o documentos utilizados para el pago de bienes y servicios.

Si el sujeto activo es empleado o dependiente del ofendido, las penas aumentarán en una mitad.

En el caso de que se actualicen otros delitos con motivo de las conductas a que se refiere este Artículo, se aplicarán las reglas del concurso.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 24 de octubre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial