Libro Segundo — Parte especial
Capítulo II Discriminación
Código Penal del Estado de Michoacán
Índice de la leyArtículo 179
Discriminación
Se impondrá de seis meses a tres años de prisión o de cincuenta a doscientas días multa y de cien a trescientos días de trabajo a favor de la comunidad, a quien por motivo de género, edad, estado civil, embarazo, raza, procedencia étnica, idioma, religión, ideología, preferencia sexual, color de piel, nacionalidad, origen, posición social, trabajo, profesión, posición económica, discapacidad, características físicas, estado de salud o cualquier circunstancia que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o afectar los derechos o libertades de las personas:
(REFORMADA, P.O. 16 DE DICIEMBRE DE 2016) I. Provoque, degrade, intimide o incite al odio o a la violencia hacia alguna persona o grupo de personas;
(REFORMADA, P.O. 16 DE DICIEMBRE DE 2016) II. Niegue u obstaculice un servicio o una prestación a la que tenga derecho alguna persona o grupo de personas;
(REFORMADA, P.O. 16 DE DICIEMBRE DE 2016) IV. Veje o excluya a alguna persona o grupo de personas; o,
IV. Niegue o restrinja derechos laborales. Este delito se perseguirá por querella.
Artículo 180
Agravantes Al servidor público que, por las razones previstas en el artículo anterior, niegue o retarde a una persona un trámite, servicio o prestación al que tenga derecho, se le aumentará la pena a que se refiere el artículo anterior, hasta en una mitad.
Así mismo, se le impondrá destitución o inhabilitación para el desempeño de cualquier cargo, empleo o comisión público por el mismo lapso de la privación de la libertad impuesta.
(ADICIONADO, P.O. 14 DE MAYO DE 2020) A quien, durante una emergencia sanitaria, cometa cualquiera de las conductas a que se refiere el artículo anterior en contra de un médico, cirujano, paramédico, enfermero, camillero o cualquier otro profesional de la salud o trabajador del sector salud, público o privado, se le aumentará la pena prevista en el artículo anterior hasta en tres años más de prisión o multa de cien a ciento cincuenta días multa.
Texto tomado de Gobierno del Estado de Michoacán (portal oficial michoacan.gob.mx). Documento oficial