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Leyes Descargar AYA

Artículo 198 Bis Código Penal del Estado de Puebla

Capítulo CUARTO

Se impondrá de seis meses a tres años de prisión y multa de cincuenta a doscientas Unidades de Medida y Actualización , al titular de una concesión de un centro de verificación vehicular, responsable y/o al empleado de éste, que de manera dolosa o culposa, realice, autorice, permita u ordene cualquiera de las siguientes conductas : 268 I.- Altere o haga uso indebido de documentos oficiales;

II.- Utilice simuladores de revoluciones para el proceso de verificación;

III.- Sustituya vehículos en el proceso de verificación;

IV.- Condicione la aprobación o la entrega de documentación comprobatoria de la verificación vehicular a la entrega de dinero adicional al previsto en la tarifa oficial; y V.- Cobre una tarifa superior autorizada por la autoridad competente.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial