Capítulo II Aplicación en el tiempo
Código Penal del Estado de Querétaro
Índice de la leyArtículo 3
Es aplicable la Ley Penal vigente en el tiempo de realización del delito.
Artículo 4
Cuando entre la perpetración del delito y la extinción de la pena o medida de seguridad se pusieren en vigor una o varias Leyes aplicables al caso, las autoridades competentes estarán a lo previsto por la Ley más favorable al reo.
Artículo 5
La Ley dictada para regir por tiempo determinado o en una situación excepcional, se aplicará por los hechos cometidos durante su vigencia y aún después de haber cesado ésta.
Texto tomado de Poder Legislativo del Estado de Querétaro (LXI Legislatura). Documento oficial