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Leyes Descargar AYA

Artículo 194-Ter Código Penal del Estado de Tamaulipas

Capítulo II

Comete el delito de prostitución sexual de menores e incapaces:

I.- El que dentro del territorio del Estado, publicite, facilite o gestione por cualquier medio a persona o personas para que se trasladen a cualquier lugar dentro de éste o fuera del mismo, con el propósito o fin de tener u obtener relaciones sexuales con menores de dieciocho años o incapaces;

II.- El que dentro del territorio del Estado, promueva, facilite, consiga o entregue a menores de dieciocho años o incapaces para que tenga relaciones sexuales o ejerza la prostitución; y

III.- El que promueva, encubra, consienta o concierte el comercio carnal de un menor de dieciocho años o de un incapaz.

Al responsable de éste delito se le aplicará de diez a dieciocho años de prisión y multa de cinco mil a doce mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, e inhabilitación para desempeñar cargo de tutela, curatela y para adoptar.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 10 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial