Artículo 276 Sexies Código Penal del Estado de Tamaulipas
Libro Segundo — Parte especial Título Duodécimo — Delitos contra la seguridad y libertad sexuales Capítulo IV — Hostigamiento y acoso sexual
Índice de la leySi el sujeto pasivo del delito de hostigamiento o acoso sexual es menor de dieciocho años de edad o estuviere privado de razón o sentido, no tuviere la capacidad de comprender el significado del hecho o que por enfermedad o cualquier otra causa no pudiere oponer resistencia a los actos que lo constituyen, se le impondrá al responsable, de tres a cinco años de prisión y multa de cien a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial