Libro Segundo — Parte especial
Título Sexto — Delitos contra la salud pública
Capítulo I Peligro de contagio
Código Penal del Estado de Tamaulipas
Índice de la leyArtículo 203
A quien sabiendo que padece una enfermedad grave y transmisible, y sin tomar las medidas necesarias dolosamente ponga en peligro de contagio la salud de otro, se le aplicará una pena de seis meses a tres años y multa de quince a cincuenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, sin perjuicio de la pena que corresponda, si causa el contagio.
Este delito se perseguirá por querella de la víctima u ofendido. Artículo reformado, P.O. No. 87, del 20 de julio de 2023.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial