Artículo 312 Código Penal del Estado de Tlaxcala
Capítulo III
Cuando se cometa algún delito por pandilla, se impondrá una mitad más de las penas que correspondan por el o los delitos cometidos, a los que intervengan en su comisión.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial