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Leyes Descargar AYA

Libro Segundo — De los delitos

Título Décimo Tercero — Delitos contra la seguridad de la comunidad

Capítulo III Pandilla y asociación delictuosa

Código Penal del Estado de Tlaxcala

Artículos 312 al 315 · 4 artículos

Artículo 312

Cuando se cometa algún delito por pandilla, se impondrá una mitad más de las penas que correspondan por el o los delitos cometidos, a los que intervengan en su comisión.

Artículo 313

Se entiende que hay pandilla, cuando el delito se comete en común por tres o más personas, que se reúnen ocasional o habitualmente, sin estar organizados con fines delictuosos. Cuando el miembro de la pandilla sea o haya sido servidor público de alguna corporación policíaca, se aumentará en dos terceras partes de las penas que le corresponda por el o los delitos cometidos y se impondrá además, destitución del empleo, cargo o comisión e inhabilitación de uno a cinco años para desempeñar otro. (REFORMADO, P.O. 10 DE OCTUBRE DE 2022)

Artículo 314

Se impondrá prisión de cuatro a ocho años y multa de doscientas ochenta y ocho a quinientas setenta y seis veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización, a quien forme parte de una asociación o banda de tres o más personas con el propósito de delinquir.

Artículo 315

Si el miembro de la asociación delictuosa es o ha sido servidor público o autoridad encargada de la función de seguridad pública, de conformidad con lo previsto en la Ley General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, o miembro de una empresa de seguridad privada, y por virtud del ejercicio de las funciones a él encomendadas se facilitó la comisión del o los ilícitos a que se refieren los artículos anteriores, las penas se aumentarán en una mitad y se impondrá además, en su caso, la destitución del empleo, cargo o comisión e inhabilitación por un tiempo igual al señalado como prisión para desempeñar otro, en cuyo caso se computará a partir de que se haya cumplido con la pena. Cuando los miembros de una pandilla o asociación delictuosa utilicen para delinquir a menores de edad o incapaces, las penas a que se refieren los artículos anteriores se aumentarán en una cuarta parte. Se presumirá que existe asociación delictuosa cuando las mismas tres o más personas tengan alguna forma de autoría o participación conjunta en dos o más delitos.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial