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Leyes Descargar AYA

Artículo 240 Ter Código Penal del Estado de Yucatán

Qué cambió entre versiones

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Cambió

Del texto del 15 de mayo de 2026 al del 19 de octubre de 2026.

20 palabras agregadas 77 palabras quitadas

- ConAl losujeto dispuestoactivo endel eldelito artículode anterior,acecho se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y multa de quinientos a mil Unidades de Medida y Actualización apor quien,la comisión de manera insistente y reiterada, lleve a cabo cualquiera de las conductas siguientes:

I. Vigile, monitoree u observe a la víctima.

II. Persiga o busque su cercanía física.

III. Establezca o intente establecer contacto con la persona a través de cualquier tipo de medio de comunicación o por interpósita persona.

IV. Intercepte a la víctimaprevistas en lugaresel dondeartículo la240 victimaBis. Párrafo frecuenta.

V.reformado ObtengaDO y utilice la información personal de la victima de manera invasiva.28-07-2026

Las penas previstas en este artículo se impondrán sin perjuicio de las que pudieren corresponder a otros delitos cometidos en concurso aplicando las reglas según corresponda. Artículo adicionado DO 24-12-2025

AYA registra el texto de la fuente oficial en cada cotejo y compara palabra por palabra. Las diferencias de espacios o de cómo se partió una palabra en el PDF no cuentan como cambio. Para efectos legales, consulta el decreto de reforma en el Diario Oficial o el periódico oficial del estado.

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