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Leyes Descargar AYA

Artículo 607 Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal (Ciudad de México)

Capítulo VI

El exhorto del juez o tribunal requirente deberá acompañarse de la siguiente documentación:

I. Copia auténtica de la sentencia, laudo o resolución jurisdiccional;

II. Copia auténtica de las constancias que acredite n que se cumplió con las condiciones previstas en las fracciones IV y V del artículo anterior;

III. Las traducciones al español que sean necesarias al efecto, y IV. Que el ejecutante haya señalado domicilio para oír notificaciones en el lugar de la homologación.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial