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Leyes Descargar AYA

Artículo 153 Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza

Capítulo SEGUNDO

Lugar, fecha y cantidad.

La fecha esta constituida por la indicación del lugar, día, mes y año en que el acto se realiza. La indicación de la hora será necesaria sólo cuando sirva para establecer la observancia de un plazo.

La cantidad se expresa en base a la unidad aritmética a la que se refiere.

Las fechas y cantidades, se escribirán con número y letra.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial