Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 400 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Guanajuato

Capítulo UNICO

La determinación que ordene que se mantengan las cosas en el estado que guardan al dictarse la medida, no prejuzga sobre la legalidad de la situación que se mantiene ni sobre los derechos o responsabilidades del que la solicita.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 15 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guanajuato (S3 oficial). Documento oficial