Artículo 840 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Guanajuato
Capítulo III
El juez fijará fecha y hora para la celebración de la audiencia de juicio, misma que deberá celebrarse dentro de los quince días siguientes a la audiencia preliminar.
ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO DEL DECRETO QUE MODIFICA ESTE ORDENAMIENTO. (ADICIONADO, P.O. 27 DE DICIEMBRE DE 2011)
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 15 de noviembre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guanajuato (S3 oficial). Documento oficial