Artículo 604 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Guerrero
Capítulo II
Requisitos de procedencia del Juicio Especial Hipotecario. Para que proceda el Juicio Especial Hipotecario, deberán reunirse los siguientes requisitos:
(REFORMADA, P.O. No. 2, DE FECHA MARTES 6 DE ENERO DE 1998) I. Que el Crédito conste en escritura pública debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad, del Comercio y Crédito Agrícola del Estado;
(REFORMADA, P.O. No. 2, DE FECHA MARTES 6 DE ENERO DE 1998)
II. Que sea de plazo cumplido o por que hubiere incurrido en incumplimiento del contrato alguna de las partes;
(REFORMADA [N. DE E. ADICIONADA], P.O. No. 2, DE FECHA MARTES 6 DE ENERO DE 1998) III. Que el escrito de demanda satisfaga los requisitos del artículo 232 de este Código, y sea presentada ante el Juez de la ubicación del bien inmueble dado en garantía; si fueren varios bienes y estuvieren en lugares distintos, quedará a elección del actor, o bien, ante el que se hubiere sometido expresamente en el contrato.
(REFORMADO, P.O. No. 2, DE FECHA MARTES 6 DE ENERO DE 1998
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guerrero. Documento oficial