Artículo 69 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos
Capítulo V
De las reglas de competencia para los juicios de responsabilidad civil. Para conocer de los juicios sobre responsabilidad la competencia se determinará de acuerdo con las siguientes reglas:
I.- Las Salas del Tribunal Superior conocerán, en única instancia, de las demandas de responsabilidad civil instauradas contra los Jueces de Primera Instancia y Menores; y, II.- El Pleno del Tribunal conocerá, en única instancia, de las demandas de responsabilidad que se instauren en contra de algún Magistrado
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Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial