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Leyes Descargar AYA

Artículo 640 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Oaxaca

Capítulo UNICO

Las tercerías excluyentes de dominio deben de fundarse en el domino que sobre los bienes en cuestión o sobre la acción que se ejercite alega el tercero.

No es lícito interponer tercería excluyente de dominio a aquel que consintió en la constitución del gravamen o del derecho real en garantía de la obligación del demandado.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 7 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Oaxaca. Documento oficial