Artículo 730 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas
Capítulo I
La declaración de concurso incapacita al deudor para seguir administrando sus bienes, así como para cualquiera otra administración que por ley le corresponda, y hace que se venza el plazo de todas sus deudas. Produce también el efecto de que dejen de devengar intereses sus deudas, salvo los créditos hipotecarios y pignoraticios que seguirán devengándolos hasta donde alcance el valor de los bienes que los garanticen.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial