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Leyes Descargar AYA

Artículo 1139 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala

Título NOVENO

Las partes tienen derecho para convenir el procedimiento que debe observarse, para designar las pruebas que pueden admitirse en el juicio, para señalar al Juez que deba conocer de éste y para la forma de ejecución del fallo.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial