Artículo 102 Constitución Política del Estado de México
Este es el texto que AYA registró en la copia archivada del PDF oficial del 5 de julio de 2021. Ya no es el vigente: cambió después, el 11 de junio de 2025. Ver qué cambió · Ver el texto vigente
- Sin cambios
- Primer registro
- Sin cambios
- Cambió
- Sin cambios
En cada distrito o región judicial habrá un juez y tribunal laboral o los que sean necesarios, quienes conocerán de los asuntos para los que la ley les otorgue competencia.