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Leyes Descargar AYA

Artículo 131 Constitución Política del Estado de México

Este es el texto que AYA registró en la copia archivada del PDF oficial del 30 de diciembre de 2024. Ya no es el vigente: cambió después, el 11 de junio de 2025. Ver qué cambió · Ver el texto vigente

  1. Primer registro
  2. Cambió
  3. Sin cambios

Las Diputadas o Diputados de la Legislatura del Estado, las Magistradas, los Magistrados y los integrantes del Consejo de la Judicatura del Tribunal Superior de Justicia, las magistradas o magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México, las y los titulares de las dependencias del Poder Ejecutivo, la o el Fiscal General de Justicia y los integrantes de los órganos superiores de los organismos a los que la presente Constitución les otorga autonomía, son responsables de los delitos graves del orden común, que cometan durante su encargo y de los delitos, faltas u omisiones en que incurran en el ejercicio de sus funciones. La Gobernadora o el Gobernador lo será igualmente, pero durante el período de su ejercicio sólo podrá ser acusada o acusado por delitos graves del orden común y por delitos contra la seguridad del Estado.