Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 97 QUINQUIES Constitución Política del Estado de Tlaxcala

Capítulo V

La Fiscalía General de Justicia del Estado tendrá fiscalías especializadas para la investigación de determinados delitos, conforme a los que la Ley disponga, las cuales contarán con personal multidisciplinario, capacitado específicamente para cumplir su objeto. (ADICIONADO, P.O. 21 DE MAYO DE 2024)

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial