Artículo 63 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Campeche
Capítulo II
El régimen de estímulos es el mecanismo por el cual la Institución otorga el reconocimiento público a sus integrantes por actos de servicio meritorios o por su trayectoria ejemplar, para fomentar la calidad y efectividad en el desempeño del servicio, incrementar las posibilidades de promoción y desarrollo de los integrantes, así como fortalecer su identidad institucional.
Todo estímulo otorgado por las instituciones será acompañado de una constancia que acredite el otorgamiento del mismo, la que deberá ser integrada al expediente del elemento y, en su caso, con la autorización de portación de la condecoración o distintivo correspondiente.
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- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Consejería Jurídica del Gobierno del Estado de Campeche (LEXIUS), con la reforma del 20 de noviembre de 2025. Documento oficial