Título Séptimo — Del régimen de responsabilidades de los servidores públicos de la fiscalía general
Capítulo III Del régimen disciplinario de la policía de investigación
Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Coahuila de Zaragoza
Índice de la leyArtículo 102
Componentes. El régimen disciplinario de la Policía de Investigación comprende las obligaciones y los deberes, las correcciones disciplinarias, las sanciones y el procedimiento para su aplicación.
La actuación de la Policía de Investigación se regirá por los principios previstos en el artículo 21 de la Constitución General, la Constitución Estatal, esta ley, la Ley General y la Ley del Sistema Estatal.
Artículo 103
Disciplina. La disciplina comprende el aprecio por sí mismo, la pulcritud, los buenos modales, el rechazo a los vicios, la puntualidad en el servicio, la exactitud en la obediencia, y el escrupuloso respeto a las leyes, los reglamentos y los derechos humanos.
La disciplina es la base del funcionamiento y la organización de la Policía de Investigación de la Fiscalía General, por lo que sus integrantes deberán observar las leyes, jerarquías y categorías, así como obedecer las órdenes legítimas que se les den y salvaguardar los altos conceptos del honor, la justicia y la ética.
La disciplina demanda respeto mutuo entre quien ostente un mando y sus subordinados.
Artículo 104
Del procedimiento disciplinario. El incumplimiento por parte de los agentes de la Policía de Investigación de la Fiscalía General a sus obligaciones y deberes que establece esta ley, la Ley del Sistema Estatal y demás disposiciones aplicables, dará lugar al inicio del procedimiento del régimen disciplinario ante la Comisión.
Respecto a las faltas disciplinarias, sanciones, procedimientos para la aplicación de sanciones por falta disciplinaria, competencias, individualización de la sanción, circunstancias agravantes y atenuantes que concurran en la comisión de la infracción, efectos de las sanciones, y demás cuestiones relativas al régimen disciplinario, se estará a lo dispuesto en la Ley del Sistema Estatal y demás normativa aplicable.
Texto tomado de Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, con la reforma del 27 de junio de 2025. Documento oficial