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Leyes Descargar AYA

Artículo 128 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Colima

Capítulo ÚNICO

El Objeto del Centro de Justicia para las Mujeres. El Centro de Justicia tiene por objeto propiciar el acceso a la justicia integral para las mujeres que han sido víctimas de delitos de violencia de género, desarrollando la atención de manera interdisciplinaria, secuencial, interinstitucional y especializada en un ambiente agradable, seguro, confiable y libre de violencia.

La Fiscalía General, será la responsable de crear los Centros de Justicia para las Mujeres, que se requieran en los municipios de la entidad para garantizar que las mujeres cuenten con el acceso a los servicios que estos ofrecen.

La atención brindada en los lugares donde se establezcan los Centros de Justicia para las Mujeres deberá ser ampliada de manera integral a las y los menores de edad, a las y los mayores de edad en estado de interdicción, que sean hijos u hijas de la mujer víctima de violencia, cuando derivado del hecho considerado como delito se vean afectados aquellos como parte del núcleo familiar.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Colima, con la reforma del 12 de agosto de 2023. Documento oficial