Artículo 108 Bis Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
Capítulo II
Para su funcionamiento, la Contraloría General contará como mínimo con las siguientes áreas:
I. Secretaría técnica
II. Subdirección de normatividad, control interno y evaluación;
III. Subdirección de fiscalización:
IV. Subdirección anticorrupción, función pública, situación patrimonial y substanciación; y
V. Subdirección de quejas y denuncias.
Las subdirecciones estarán bajo la responsabilidad del titular de la Contraloría General y contarán con el personal que resulte necesario para el desarrollo de sus funciones; los servidores públicos de las mismas serán designados y removidos libremente por su titular, con base en los requerimientos del servicio y a los criterios que aquél determine dentro del margen de la unidad presupuestal anual solicitada y asignada.
Asimismo, el reglamento respectivo establecerá las atribuciones que correspondan a cada subdirección.
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- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Fiscalía General del Estado de Veracruz, con la reforma del 11 de diciembre de 2025. Documento oficial