Libro Cuarto — De las obligaciones
Título Segundo — De la compraventa
Capítulo IV De las obligaciones del vendedor
Código Civil del Estado de Baja California Sur
Índice de la leyArtículo 2188
El vendedor está obligado:
I.- A entregar al comprador el bien vendido;
II.- A garantizar las calidades del bien; y
III.- A prestar la evicción.
Texto tomado de Tribunal Superior de Justicia de BCS. Documento oficial