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Leyes Descargar AYA

Libro Cuarto — De las obligaciones

Título Segundo — De la compraventa

Capítulo IV De las obligaciones del vendedor

Código Civil del Estado de Baja California Sur

Artículo 2188

Artículo 2188

El vendedor está obligado:

I.- A entregar al comprador el bien vendido;

II.- A garantizar las calidades del bien; y

III.- A prestar la evicción.

Texto tomado de Tribunal Superior de Justicia de BCS. Documento oficial