Artículo 1232 Código Civil del Estado de Campeche
Capítulo III
Por presunción contraria a la libertad del testador, son incapaces de heredar por testamento, el médico que haya asistido a aquél durante su última enfermedad, si entonces hizo su disposición testamentaria; así como el cónyuge, ascendientes, descendientes y hermanos del facultativo a no ser que los instituidos sean también herederos legítimos.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Campeche (Poder Legislativo). Documento oficial