Artículo 1607-B Código Civil del Estado de Chihuahua
Capítulo IV
El albacea que no presente la proposición de que se trata o que durante dos bimestres consecutivos, sin justa causa no cubra a los herederos o legatarios lo que les corresponda, será separado del cargo a solicitud de cualquiera de los interesados.
[Artículo adicionado mediante Decreto No. 425-02 I P.O. publicado en el P.O.E. No. 102 del 21 de
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Chihuahua. Documento oficial