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Leyes Descargar AYA

Artículo 1844 Código Civil del Estado de Coahuila

Capítulo III

El que de buena fe hubiere aceptado un pago indebido, tiene derecho a que se le abonen los gastos necesarios hechos con motivo de ese bien y a retirar las mejor as útiles, si con la separación aquél no sufre detrimento. Si lo sufre, tiene derecho a que se le pague una cantidad equivalente al aumento de valor que recibió el bien con la mejora hecha.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 4 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial