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Leyes Descargar AYA

Artículo 2651 Código Civil del Estado de Coahuila

Título PRIMERO

En el supuesto previsto por el artículo anterior, cualquiera de las partes tiene acción para exigir a la otra, aun antes de vencerse el plazo a que se refiere la fracción III del artículo 2648, que se dé al contrato la forma que deba tener conforme a este código

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 4 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial