Artículo 3129 Código Civil del Estado de Coahuila
Capítulo VI
Quien se hospede responde con su equipaje del importe del hospedaje; y el dueño de la casa tiene el derecho de retención sobre ese equipaje.
TÍTULO DECIMOQUINTO
DE LA APARCERIA RURAL.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 4 de noviembre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial