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Leyes Descargar AYA

Artículo 3477 Código Civil del Estado de Coahuila

Sección V

Para los efectos de la fracción I del artículo anterior, se extingue el inmueble hipotecado:

I. Cuando se destruye.

II. Cuando queda fuera del comercio.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 4 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial